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Reducción de jornadaCALCULADORA · MODELO · TUS DERECHOS
Prestaciones por Nacimiento
Guía de reducción de jornada · 2026

Reducción de jornada por cuidado de hijos: cuánto cobrarás y cómo pedirla

Con calculadora de sueldo y modelo de escrito.
Explicado sin tecnicismos, con los pasos y los papeles.
Desliza para empezar
Respuesta rápida

La reducción de jornada por cuidado de hijos es trabajar menos horas y cobrar menos en la misma proporción.

  • Se puede reducir de un octavo a la mitad de la jornada, con hijos menores de 12 años.
  • El sueldo baja igual: reducir un tercio con 1.800 € brutos deja unos 1.200 €.
  • Los 3 primeros años cotizan al 100 % para jubilación y próximo permiso; el paro también se calcula a jornada completa.
  • El horario lo eliges tú, dentro de tu jornada: se pide por escrito con 15 días de aviso.
  • Si la empresa no acepta el horario, hay 20 días para reclamar ante el juzgado.
Revisada por el equipo de Prestaciones por Nacimiento · octubre de 2026

¿Cuánto cobrarás con la reducción de jornada?

Pon tu jornada y tu sueldo. Te decimos tus horas y tu sueldo nuevos, con la ley de 2026 en la mano.

Calculadora de reducción de jornada
No se guarda nada: las cuentas se hacen en tu móvil.
Es una cuenta aproximada, en bruto. En neto la bajada suele ser algo menor, porque también baja tu retención de IRPF.
Te la mandamos, si quieres

¿Te enviamos la guía al correo?

Te la mandamos en PDF, con el modelo de escrito de reducción de jornada listo para rellenar y firmar.

Lo primero de todo: mira tu convenio

Tu convenio colectivo puede mejorar la ley:

  • más edad del hijo para pedirla
  • otro plazo de aviso
  • reglas para elegir el horario

Aquí tienes el mínimo por ley. Si tu convenio te da más, manda el convenio.

Qué es la reducción de jornada y quién puede pedirla

Es trabajar menos horas y cobrar menos en la misma proporción. La puedes pedir para cuidar de:

Es un derecho de cada progenitor. La empresa no puede negarlo; como mucho, discutir el horario.

Novedad: cambia el 23 de octubre de 2026

La Ley 4/2026 reescribe el artículo de la reducción de jornada. Lo básico no cambia: 1/8 a 1/2, hijos hasta 12 años.

  • Los dos en la misma empresa: desaparece de la ley la opción de que limite que la cojáis a la vez
  • Hijo con enfermedad grave y gran discapacidad o dependencia: la reducción puede seguir pasada la edad límite
  • En esos casos, los dos podéis repartiros la reducción a la vez, hasta el 100 % entre ambos

Hasta el 22/10 siguen valiendo las reglas de antes.

Mínimo
1/8
de tu jornada
Máximo
1/2
de tu jornada
Hijos hasta
12
años
Avisas con
15
días, por escrito
Tres formas de organizarla
Según te encaje el día
  • Menos horas cada día: entras más tarde o sales antes.
  • Bloques dentro de la jornada: cortas al mediodía o quitas la última franja.
  • Partes desiguales: unos días reduces más y otros menos.
El sueldo baja en la misma proporción que la jornada. Los pluses se ajustan igual, salvo mejora del convenio.
Tu horario
El horario de la reducción lo eliges tú

Lo que se llama concreción horaria te corresponde a ti, dentro de tu jornada de siempre.

  1. Avisa con 15 días por escrito, salvo que tu convenio fije otro plazo.
  2. Di la fecha de inicio y, si la sabes, la de fin.
  3. Propón tu horario concreto: de qué hora a qué hora y qué días.
Si la empresa no acepta tu horario, lo decide el juzgado social. Tienes 20 días desde su negativa para reclamar.
Lo que casi nadie sabe: cotizas como si trabajaras entera

Durante los 3 primeros años de reducción por cuidado de hijo, la Seguridad Social cuenta tu jornada completa para:

  • tu jubilación
  • la incapacidad permanente
  • viudedad y orfandad
  • tu próximo permiso por nacimiento

Si te quedas en paro estando en reducción, el paro también se calcula como si trabajaras la jornada completa.

Y pedirla te da protección reforzada frente al despido. Un despido ligado a eso puede ser nulo.

Caso especial
CUME: si tu hijo tiene una enfermedad grave

Si tiene cáncer u otra enfermedad grave del listado oficial:

  • Reduces entre el 50 % y el 99,9 % de la jornada.
  • Cobras un subsidio que compensa lo que dejas de ingresar.
Requisitos: que trabajéis los dos progenitores y que haya tratamiento u hospitalización larga, con cuidado directo y continuo.

Desde el 23/10/2026 (Ley 4/2026):

  • Ir al cole no quita la CUME por sí solo, si el informe médico dice que sigue necesitando tu cuidado.
  • Con gran discapacidad o gran dependencia, la reducción puede seguir pasada la edad límite, mientras viváis juntos.
  • En esos casos, los dos a la vez: os repartís la reducción, hasta el 100 % entre ambos.
Antes de reducir
Adaptación de jornada: otro horario sin cobrar menos

Hasta que tu hijo cumple 12 años puedes pedir adaptar tu jornada sin reducirla:

  • Otro horario u otro turno.
  • Otra forma de repartir las horas de la semana.
  • Teletrabajo, si tu puesto lo permite.
La empresa tiene 15 días para contestarte. Si no se opone con motivos en ese plazo, se entiende concedida.

Plazos, escritos y qué hacer si te dicen que no: en la guía de adaptación de jornada.

Ayudas
Algunas comunidades te pagan por reducir

El Estado no paga la reducción (salvo la CUME). Pero hay comunidades que sí ayudan:

En Galicia, el Bono Concilia ayuda con la escuela infantil, no con la reducción.
¿Quieres el escrito bien hecho a la primera?

Te redactamos el escrito con tu horario y la base legal, en 48 horas.

Si esperas pegas, nuestro equipo legal revisa tu caso antes de que llegue a tu empresa.

¿Puedo elegir yo el horario de la reducción?
Sí. El horario te corresponde a ti, dentro de tu jornada de siempre.
  • Tu convenio puede fijar criterios.
  • Si la empresa no lo acepta, lo decide el juzgado: tienes 20 días para reclamar.
¿Puedo reducir solo una hora al día?
Sí, si llega a un octavo de tu jornada. Con 8 horas al día, una hora es justo un octavo. Con jornadas más cortas, el mínimo baja.
¿La empresa me puede negar la reducción de jornada?
No la reducción en sí: es un derecho tuyo. Lo que puede discutir es el horario.
  • Si los dos trabajáis en la misma empresa, hasta el 22/10/2026 podía limitar que coincidierais (por escrito, con razones y ofreciendo otra opción).
  • Desde el 23/10/2026 esa opción desaparece de la ley (Ley 4/2026).
¿Puedo juntar la reducción con la lactancia?
Sí, son derechos distintos y se suman. La hora de lactancia la sigues cobrando; las horas de reducción, no.
¿Puedo acumularla en días completos?
No como norma. La reducción no es un permiso: es acortar tu jornada. Solo caben bloques si hay acuerdo o lo permite tu convenio.
¿Y si trabajo a tiempo parcial?
La reducción va en porcentaje sobre tu jornada pactada, no sobre una jornada completa.
¿Puedo cambiar los tramos más adelante?
Sí, mientras siga teniendo sentido con el motivo. Avisa y deja constancia por escrito de cada cambio.
¿Es lo mismo que pedir teletrabajo?
No. El teletrabajo se pide como adaptación de jornada. Si aun así no llegas, puedes pedir además la reducción.

Modelo de escrito para pedir la reducción de jornada

Rellena tus datos una vez y se completan los tres modelos. Cópialo, pégalo en un correo o imprímelo y fírmalo.

Son modelos generales

Recogen lo mínimo que marca la ley. No tienen en cuenta:

  • tu convenio colectivo
  • tu jornada, tu horario y tu calendario
  • lo que ya te haya contestado tu empresa
Tus datos
No se guardan en ningún sitio: se quedan en tu móvil mientras rellenas.
Cuánto reduces lo coge de la calculadora de arriba. Lo que dejes en blanco sale subrayado para completarlo a mano.
Manda el escrito de forma que puedas demostrarlo
  • por correo con acuse de recibo
  • por el registro interno de tu empresa
  • en mano, con una copia sellada

Si no puedes demostrar que lo pediste, es como si no lo hubieras pedido.

Tu caso no es un modelo general

Te redactamos el escrito con tu caso concreto: tu convenio, tu jornada y tu horario.

Si hay pega, nuestro equipo legal lo revisa contigo antes.

Antes de volver, confirma estas tres cosas

Si vas a reincorporarte, conviene dejar claro cómo vuelves y cuándo. Y saber que la ley te guarda el sitio.

Fecha de vuelta
1
Ten clara tu reincorporación
Horario
2
Revisa jornada, turno y cambios
Puesto
3
Comprueba funciones y condiciones
Tu primer derecho
Volver a tu puesto
Tras la baja por nacimiento te reincorporas a tu mismo puesto, sin empeorar tus condiciones:
  • Mismo puesto: el que tenías reservado, o uno equivalente.
  • Misma categoría: sin bajar funciones ni grupo profesional.
  • Mismas condiciones: salario, jornada y derechos. Si mientras estabas fuera hubo una subida o una mejora para tu puesto, te aplica a ti también.
Además, el despido sigue siendo nulo hasta que el bebé cumple 12 meses, salvo causa demostrada y ajena al nacimiento.
Cuándo avisar de tu regreso

Si vuelves en la fecha prevista, confírmala por escrito unos días antes: un correo vale.

Si además vas a pedir lactancia o reducción de jornada, avisa con 15 días de antelación y por escrito. La adaptación de horario, cuanto antes: la empresa tiene 15 días para contestarte.

Y guarda copia de correos, respuestas y acuerdos. Anticiparte también te protege.

Ojo si al volver pasa esto

Hay cambios que no son normales. Si notas presión o castigo, toca revisar tu caso:

  • Te cambian el puesto sin una razón clara.
  • Te mueven el horario y rompe tu conciliación.
  • Te frenan por ser madre: ascensos, bonus o trato.
  • Te presionan para renunciar a medidas o para firmar una baja voluntaria.

Un cambio de puesto, turno o centro «porque has estado fuera» se puede impugnar, y el plazo es corto: 20 días hábiles. No firmes nada el mismo día que te lo entregan. Detectarlo a tiempo cambia mucho: los plazos y qué hacer en cada caso están en la guía de derechos laborales.

¿Notas presión o castigo al volver?

No lo dejes correr, que los plazos son cortos. Nuestro equipo legal revisa tu caso contigo y, si hace falta, damos la cara ante tu empresa.

¿Y la lactancia? Se suma a la reducción

El permiso de lactancia es otro derecho distinto, y se puede usar a la vez que la reducción.

Cada día
1 h
pagada, por progenitor
Hasta
9
meses del bebé
Cobras
100%
de tu salario
Lo tienes todo aquí
Lactancia, en sus páginas

Excedencia por cuidado de hijo: parar sin perder tu sitio

Si reducir no te basta, puedes dejar de trabajar un tiempo y volver a tu empresa.

Hasta
3
años por cada hijo
El primer año
1
tu mismo puesto
Después
2
puesto de tu mismo grupo
Cotiza
3
años como trabajados
En resumen
Lo que tienes que saber
  • No cobras sueldo (algunas comunidades ayudan, mira arriba).
  • El primer año te guardan tu mismo puesto.
  • Familia numerosa: 15 meses, o 18 si es especial.
  • Se pide por escrito: el tercer modelo de arriba te sirve.
Guía completa
Todo sobre la excedencia, con tus fechas

En la guía de excedencia tienes:

  • Una calculadora: tu tope y hasta cuándo te guardan el puesto.
  • Las ayudas de cada comunidad para la excedencia.
  • Dos modelos: pedirla y avisar de tu vuelta.

Lo que conviene tener a mano

Elige cuánto quieres que hagamos

Desde redactarte el escrito hasta dar la cara ante tu empresa. El precio se ve antes de pagar.

Escrito a tu empresa
Tu reducción, bien pedida
19,90 €
  • Escrito personalizado y con base legal.
  • Con tu horario y tus fechas.
  • En 48 horas, con instrucciones para entregarlo.
Que me redactéis el escritoTú lo presentas19,90 €
Asesoría Plus
Revisamos tu caso y te preparamos el escrito
69,90 €
  • Videollamada de 45 min con nuestro equipo legal.
  • Escrito formal a tu empresa, a medida de tu convenio.
  • Informe con tu hoja de ruta: tú lo presentas sabiendo qué decir.
Quiero la asesoría PlusRevisión y escrito a medida69,90 € Ver todo lo que incluye
Asesoría Premium
Damos la cara ante tu empresa
149,90 €
  • Todo lo del Plus, con 1 hora y revisión a fondo.
  • Hablamos con tu empresa por ti.
  • Presentamos, negociamos y reclamamos hasta resolverlo.
Quiero la asesoría PremiumNosotras con tu empresa149,90 € Ver todo lo que incluye

¿Aún tenéis pendientes los papeles del bebé? Todos los trámites del nacimiento, hechos por nosotras.

Preguntas frecuentes

Dato propio · Prestaciones por Nacimiento

De diciembre de 2025 a septiembre de 2026, las familias nos hicieron 90 preguntas distintas sobre la reducción de jornada. Las que más se repiten:

¿Quién me prepara el escrito?21
¿Cuánto cobraré, cotizaré o tendré de paro?20
¿Puedo elegir mi horario?10

Fuente: mensajes de familias por WhatsApp y por nuestro chat. Las respondemos todas abajo.

¿Quién me prepara el escrito de reducción de jornada?
Nosotras, en Prestaciones por Nacimiento:
  • Escrito a tu empresa: 19,90 €. Personalizado, con base legal, en 48 horas. Lo presentas tú.
  • Asesoría Plus: 69,90 €. Videollamada con nuestro equipo legal y escrito a medida de tu convenio.
  • Asesoría Premium: 149,90 €. Hablamos con tu empresa y negociamos por ti.
¿Cuánto voy a cobrar con la reducción de jornada?
El sueldo baja en la misma proporción que la jornada. Ejemplo:
  • 1.800 € brutos y 40 horas a la semana.
  • Reduces un tercio: trabajas unas 26,7 horas.
  • Cobras unos 1.200 € brutos al mes.
En neto la bajada es algo menor, porque baja tu IRPF. Haz tu cuenta con la calculadora de arriba.
¿Cotizo al 100 % con reducción de jornada? ¿Son 2 años o 3?
Son 3 años. Antes eran 2, y por eso aún se lee en muchos sitios.
  • Los 3 primeros años cuentan como jornada completa para jubilación, incapacidad, viudedad y tu próximo permiso por nacimiento.
  • Para el paro, también se cuenta la jornada completa.
¿Hay ayudas por reducir la jornada para cuidar a mi hijo?
Del Estado, no (salvo la CUME, si tiene una enfermedad grave). Algunas comunidades sí:
  • Castilla y León: hasta 1.500 €.
  • País Vasco: si reducís al menos un 33 % entre los dos.
¿Puedo pedir la reducción antes de volver del permiso?
Sí, y es lo mejor. Mándala por escrito 15 días antes de tu vuelta. Así vuelves ya con tu nueva jornada.

Cada empresa y cada convenio son un mundo

¿Quieres verlo todo junto? Lo tienes en conciliación familiar y laboral en 2026, con el permiso parental de 8 semanas incluido.

Y si te dicen que no o tu convenio es raro, escríbenos y lo miramos con tu caso delante.

Tú con los tuyos,
nosotras con los papeles.

Lo que cuentan otras familias al volver al trabajo

Una reseña real de nuestra ficha de Google, con sus propias palabras.

«…Acudí a ellos por una consulta para poder conciliar en condiciones. Bárbara me ayudó desde el primer momento, con profesionalismo y empatía. Gracias a su guía legal, he conseguido que mi empresa acepte mi solicitud de concreción horaria para poder recoger a mi bebé de la guardería…»
Pamela Ravina · Reseña en Google
Más opiniones sobre lactancia y vuelta al trabajo

Fuentes oficiales

Esta guía se apoya en estas normas y páginas oficiales. Puedes consultarlas tú misma.

Escrita por Bárbara Acero y revisada por el equipo de Prestaciones por Nacimiento. Última revisión: septiembre de 2026.

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Todas gratuitas, con calculadoras, escritas por el equipo de Prestaciones por Nacimiento.

Bárbara AceroEscrita por Bárbara Acero, cofundadora de Prestaciones por Nacimiento.Revisada el 10 de octubre de 2026.
Prestaciones por Nacimiento
Guía general e informativa. Tu convenio colectivo puede mejorar estos derechos: revísalo o consúltanos.
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