La prestación por nacimiento la paga la Seguridad Social, no tu empresa.
La prestación por nacimiento («la maternidad» o «la paternidad») la paga la Seguridad Social directamente, no tu empresa. Estas son las tres cifras que más se preguntan.
Te la mandamos en PDF para que la tengas a mano cuando llegue la resolución. Y si te viene bien, te avisamos de lo que toca en cada momento.
Cobras el 100 % de tu base reguladora. Sale así:
Por eso muchas madres cobran casi lo mismo que de sueldo neto, o incluso más.
Nosotros. Revisamos que la base que comunica tu empresa sea la buena, presentamos la solicitud en menos de 24 h laborables y te avisamos cuando el INSS resuelve.
La prestación por maternidad se cobra a final de cada mes, entre el día 25 y el 30, según tu banco.
Cómo funciona el pago:
El primer ingreso llega unos 10-15 días después del SMS de aprobación, cualquier día del mes.
El INSS tiene 30 días hábiles para resolver y te avisa por SMS o carta.
Lo que tarda de verdad, con expedientes de familias reales: nuestro Observatorio.
Al presentar la solicitud empieza el plazo del INSS. Está aprobada cuando te llega una de estas dos cosas:
Ojo: el SMS del Registro Civil «para solicitar la prestación» no es la aprobación. Es automático y no hay que hacer nada con él.
Tienes derecho a la prestación:
Si lo que cobras es un subsidio, no hay prestación por nacimiento: sigues con el subsidio.
Lo cobras directamente del INSS:
Lo tienes todo en la guía para autónomos.
Pasas a pago directo de la mutua o del INSS. Hace falta un papel que casi nadie conoce:
Es la consulta que más recibimos. Si ya te la han denegado o llevas meses sin cobrar, ve directa a qué hacer con una prestación denegada o sin cobrar.
Si no, casi siempre es una de estas seis explicaciones:
Sin SMS o carta de resolución no hay pago. Entra en Tu Seguridad Social y mira el estado del expediente: "en trámite" significa que el INSS aún no ha resuelto.
Antes de eso, el primer ingreso todavía está en plazo. Si la aprobación fue un viernes 28, el ingreso puede llegar hasta mediados del mes siguiente.
En los meses siguientes el ingreso entra entre el 25 y el 30. Si es día 22, no ha llegado aún; si es día 2 del mes siguiente, sí hay que mirar.
El INSS solo paga a una cuenta de la que seas titular. Una cuenta de tu pareja o de tus padres devuelve el pago sin avisar.
Un periodo sucesivo tarda hasta 30 días. Y si estabas en el paro, el SEPE tiene que haber registrado la interrupción, o los dos organismos se quedan esperando el uno al otro.
Los días anteriores al nacimiento y la parte de la paga extra los paga la empresa, no el INSS. Si la empresa dice que "eso lo paga la Seguridad Social", no es así.
Para lo que viene después de solicitar: partir el permiso o reclamar si no te pagan bien. El precio se ve antes de pagar.
A final de mes: el dinero entra entre el 25 y el 30, según tu banco. La Seguridad Social emite las remesas el día 20.
El primer pago es distinto: llega 10-15 días después de la aprobación, cualquier día del mes, con todo lo acumulado desde el nacimiento.
Igual que la maternidad: a final de cada mes, entre el 25 y el 30, según tu banco.
El primer ingreso llega unos 10-15 días después del SMS de aprobación, con todo lo acumulado desde el nacimiento.
Lo normal: el primer ingreso llega entre el 8 y el 13 del mes siguiente (10-15 días después).
Busca la base de contingencias comunes en la nómina de dos meses antes del nacimiento (si nace en marzo, la de enero).
La cifra exacta la fija el INSS con la base que comunica tu empresa.
No. La prestación ya lleva la parte proporcional de las pagas extra. Por eso tu base de cotización es mayor que tu sueldo bruto.
Del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o de la Tesorería General, según cómo lo describa tu banco. No viene de tu empresa.
Si trabajas por cuenta ajena, ese mes verás dos ingresos:
Mira primero estas dos cosas, que cambian el pago de ese mes:
Si no es ninguna, entra en Tu Seguridad Social y comprueba el estado. Si pasa del día 30 sin ingreso ni explicación, se reclama por escrito.
No a la vez:
Está exenta de IRPF: no tributa y no lleva retención. Sí aparece en tus datos fiscales como renta exenta.
Lo que no está exento: cualquier plus o variable que te pague la empresa aparte durante el permiso.
El 100 % de la base reguladora:
Lo paga la Seguridad Social, no la empresa. Con la calculadora de arriba lo ves con tu cifra.
La Seguridad Social tiene 30 días hábiles para resolver.
Una gestoría especializada en nacimientos. En Prestaciones por Nacimiento:
Qué hacemos y qué cuesta: la página de la gestoría de trámites del bebé.
Casi todos los retrasos nacen de un certificado de empresa mal hecho o una solicitud incompleta. Lo contamos en por qué se retrasan las ayudas y cómo evitarlo.
Si prefieres que lo presentemos nosotros:
Para saber cuántas semanas te tocan:
Una reseña real de nuestra ficha de Google, con sus propias palabras.
«Por una mala gestión de mi gestor daba por perdida mi prestación por maternidad, y gracias a ustedes he logrado solucionarlo. Gracias por todo, una atención y una gestión inmejorable.»
Esta guía se apoya en estas normas y páginas oficiales. Puedes consultarlas tú misma.
Todas gratuitas, con calculadoras, escritas por el equipo de Prestaciones por Nacimiento.