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Excedencia por cuidado de hijosCALCULADORA · MODELOS · TUS DERECHOS
Prestaciones por Nacimiento
Guía de excedencia · 2026

Excedencia por cuidado de hijos: cuánto dura, qué conservas y cómo pedirla

Con calculadora de fechas y modelos de escrito.
Explicado sin tecnicismos, con los pasos y los papeles.
Desliza para empezar
Respuesta rápida

La excedencia por cuidado de hijos es dejar de trabajar sin sueldo hasta 3 años por cada hijo y volver después a tu empresa.

  • Dura hasta el día antes de que el niño cumpla 3 años y se puede partir en trozos.
  • El primer año te guardan tu mismo puesto; 15 o 18 meses en familia numerosa. Después, uno de tu grupo.
  • Los 3 años cuentan como cotizados para jubilación y próximo permiso; no para el paro.
  • Desde 2023 no pierdes los 100 € de madre trabajadora si ya los cobrabas: siguen hasta los 3 años.
  • No hay prestación del Estado; País Vasco, Castilla y León y Navarra tienen ayudas propias.
Revisada por el equipo de Prestaciones por Nacimiento · octubre de 2026

¿Hasta cuándo puedes estar de excedencia y qué te guardan?

Pon las fechas. Te decimos tu tope, hasta cuándo conservas tu puesto y cuándo avisar de tu vuelta.

Calculadora de excedencia
No se guarda nada: las cuentas se hacen en tu móvil.
Es una cuenta orientativa con la ley en la mano. Tu convenio puede mejorarla: si te da más, manda el convenio.
Te la mandamos, si quieres

¿Te enviamos la guía al correo?

Te la mandamos en PDF, con los modelos para pedir la excedencia y para volver, listos para rellenar.

Lo primero de todo: mira tu convenio

La ley no fija algunas cosas importantes. Las marca tu convenio colectivo:

  • con cuántos días de antelación pedirla
  • si hay un tiempo mínimo de excedencia
  • con cuánto tiempo avisar de tu vuelta

Aquí tienes el mínimo por ley. Viene indicado en tu contrato cuál es tu convenio.

Qué es la excedencia y quién puede pedirla

Es dejar de trabajar un tiempo para cuidar de tu hijo y volver después a tu empresa.

Hasta
3
años por cada hijo
Mismo puesto
1
año, como mínimo
Cotizas
3
años, como si trabajaras
Lo que te guardan
Tu sitio en la empresa
  • El primer año: vuelves a tu mismo puesto.
  • Familia numerosa: 15 meses en la general y 18 en la especial.
  • Si el otro progenitor la pide igual, con la misma duración y régimen: 18 meses.
  • Pasado ese tiempo: un puesto de tu mismo grupo o categoría.
El tiempo de excedencia cuenta para tu antigüedad. Y la empresa tiene que avisarte de los cursos de formación.
Cómo se pide
Por escrito, y guardando la prueba

Basta con un escrito a tu empresa. Abajo tienes el modelo.

  1. Mira tu convenio: te dice con cuánta antelación avisar.
  2. Di la fecha de inicio y la de fin, y pide la reserva de tu puesto.
  3. Entrégalo de forma que puedas demostrarlo: correo con acuse o copia sellada.
Si los dos trabajáis en la misma empresa, puede limitar que la cojáis a la vez. Solo por escrito, con razones y ofreciendo otra opción.
Si te despiden por pedirla, el despido es nulo

La ley protege a quien ha pedido la excedencia o está en ella:

  • Un despido por ese motivo es nulo: vuelves a tu puesto.
  • La empresa tiene que demostrar una causa ajena a la excedencia.

Los plazos para reclamar son muy cortos. No firmes nada el mismo día: escríbenos antes.

Cuándo se acaba
Si llega otro hijo, empieza otra excedencia

Cada hijo da derecho a su propia excedencia:

  • Si nace otro hijo mientras estás de excedencia, la anterior se acaba.
  • Empieza una nueva, con sus propios 3 años.
Si esperas otro bebé estando de excedencia, tu permiso por nacimiento depende de tus fechas: escríbenos antes de que nazca.

No pierdas la lactancia ni las vacaciones

Es la duda que más nos llega. Lo que no disfrutes antes de la excedencia, puedes perderlo.

El orden que recomendamos
Encadena así tu vuelta
  1. Lactancia acumulada: los días completos que te salgan, justo tras la baja.
  2. Vacaciones de años anteriores que tengas pendientes.
  3. Vacaciones de este año, proporcionales a lo trabajado hasta el día antes de la excedencia.
  4. Excedencia, a partir del día siguiente.
Pide primero que te aprueben las vacaciones y después la excedencia. Así no quedan en el aire.
Vacaciones
Durante la excedencia no generas vacaciones
  • Solo ganas vacaciones por los meses que trabajas o estás de baja.
  • Los meses de excedencia no suman días de vacaciones.
Las cuentas y el orden de tu vuelta están en la guía de vacaciones tras la baja.
Lactancia
Acumúlala antes de parar
  • La lactancia acumulada son días pagados al 100 % de tu sueldo.
  • Úsala antes de la excedencia: después no la recuperas.
Cuántos días te salen: calculadora gratis de lactancia. Y todo el permiso, explicado aquí.
¿Quieres que te lo encajemos todo?

Revisamos tu convenio y tus fechas y te decimos el orden que más te conviene.

Te preparamos los escritos a tu empresa, para que no pierdas ni un día.

Lo que conservas y lo que no durante la excedencia

No cobras sueldo, pero no lo pierdes todo. Esto es lo que sigue y lo que se para:

Hacienda
100 €
al mes, los conservas
Cotización
3
años como trabajados
Sueldo
0 €
mientras dura
Los 100 € de madre trabajadora
No se pierden con la excedencia

Desde 2023 se conservan, si ya los tenías antes de la excedencia:

  • Sigues cobrándolos hasta que tu hijo cumple 3 años.
  • Da igual que dejes de estar dada de alta.
  • Con gemelos, 100 € por cada uno.
Hacienda lo dice así: «Seguirás percibiendo el abono anticipado… aunque dejes de estar dada de alta». Muchas webs aún dicen lo contrario: es la norma antigua.
Cotización
Los 3 años cuentan como cotizados

La Seguridad Social cuenta la excedencia como si trabajaras para:

  • tu jubilación
  • la incapacidad permanente
  • viudedad y orfandad
  • tu próximo permiso por nacimiento
Si antes tenías reducción de jornada, se cuenta como jornada completa. Ojo: no cuenta para el paro ni para la baja médica.
Trabajar en otro sitio
¿Puedo trabajar en otra empresa durante la excedencia?

En principio sí, con dos condiciones:

  • Que no sea de la competencia de tu empresa.
  • Que sigas pudiendo cuidar de tu hijo: es el motivo de la excedencia.
Ese nuevo trabajo cotiza y te genera derecho a paro. Mira antes tu convenio: algunos lo limitan.

¿Excedencia o reducción de jornada?

Las dos sirven para cuidar. La diferencia está en el sueldo y en cuánto tiempo te dan.

Excedencia
0 %
de sueldo, hasta 3 años
Reducción
50-88%
de sueldo, hasta 12 años
Cuál te conviene
Depende de lo que necesites
  • Excedencia: si necesitas estar en casa a tiempo completo y podéis vivir sin tu sueldo.
  • Reducción: si te basta con menos horas y quieres seguir cobrando parte.
  • Adaptación: si con otro horario o teletrabajo llegas, sin cobrar menos.
Cuánto cobrarías reduciendo: calculadora de reducción de jornada.
Funcionarias y personal público
En la Administración, te guardan el puesto 2 años

El Estatuto del Empleado Público mejora la ley general:

  • Hasta 3 años por cada hijo, igual que en la empresa privada.
  • Reserva de tu puesto 2 años, no uno.
  • Después, un puesto en tu misma localidad y con el mismo sueldo.
  • Cuenta para trienios, carrera y Seguridad Social.
Si eres interina o laboral, mira tu convenio o tu estatuto: puede cambiar lo que te aplica.

Comunidades que pagan por la excedencia

El Estado no paga la excedencia. Pero algunas comunidades sí: comprobado en sus webs oficiales en octubre de 2026.

País Vasco
Hasta 3.850 € al año de excedencia
  • 3.850 € por año a jornada completa si vuestra renta es baja; 3.236 € si es mayor.
  • Hijo menor de 3 años y excedencia de al menos 59 días.
  • Empadronada en Euskadi al menos un año.
Se pide todo el año. Ficha del Gobierno Vasco.
Castilla y León
1.500 € por cada 3 meses de excedencia
  • 1.500 € por cada 3 meses, y 1.000 € más si sois familia numerosa o monoparental.
  • Hijo menor de 3 años y límite de ingresos.
  • Con dos progenitores, la cogéis los dos: mes y medio cada uno.
Sale una vez al año: la de 2026 cerró el 30 de abril. Te lo explicamos aquí.
Navarra
Ayuda mensual en casos concretos

Solo en algunas situaciones, con hijos menores de 6 años:

  • Tercer hijo o siguientes.
  • Parto múltiple, adopción o acogimiento.
  • Primer hijo en familia monoparental.
La de 2026 se pide hasta el 2 de noviembre. Ficha del Gobierno de Navarra.
¿Vives en otra comunidad?

No hemos encontrado ayuda por excedencia en el resto. Galicia, por ejemplo, solo ayuda por reducir jornada.

Todas las ayudas del nacimiento, por comunidad: ayudas por nacimiento 2026.

Modelo de solicitud de excedencia por cuidado de hijos

Rellena tus datos una vez y se completan los dos modelos: pedirla y volver. Las fechas las coge de la calculadora.

Son modelos generales

Recogen lo mínimo que marca la ley. No tienen en cuenta:

  • tu convenio colectivo
  • las vacaciones o la lactancia que te queden
  • lo que ya te haya contestado tu empresa
Tus datos
No se guardan en ningún sitio: se quedan en tu móvil mientras rellenas.
Nacimiento, inicio y vuelta salen de la calculadora. Lo que dejes en blanco sale subrayado para completarlo a mano.
Manda el escrito de forma que puedas demostrarlo
  • por correo con acuse de recibo
  • por el registro interno de tu empresa
  • en mano, con una copia sellada

Si no puedes demostrar que avisaste de tu vuelta, la empresa puede decir que no volviste.

Tu caso no es un modelo general

Te redactamos el escrito con tu caso concreto: tu convenio, tus fechas y lo que te quede pendiente.

Si hay pega, nuestro equipo legal lo revisa contigo antes.

La vuelta de la excedencia, sin sustos

El fallo más caro es no avisar a tiempo de que vuelves. Estas tres cosas lo evitan:

Avisa
1
por escrito, con antelación
Comprueba
2
tu puesto y tu horario
Pide
3
reducción o adaptación, si te hace falta
Cuándo avisar de tu vuelta
  • La ley no fija un plazo: lo marca tu convenio.
  • Nosotras recomendamos un mes antes, por escrito. La calculadora te da la fecha.
  • Si quieres volver antes de lo pedido, avisa cuanto antes: la empresa no está obligada a aceptarlo.
Si al volver te dicen que no hay sitio
  • El primer año (o 15 o 18 meses): tienen que darte tu mismo puesto.
  • Después: un puesto de tu mismo grupo o categoría.
  • Si no te readmiten, puede ser un despido: los plazos para reclamar son de 20 días hábiles.

No dejes pasar los días. Los plazos y qué hacer están en la guía de derechos laborales.

¿Tu empresa te pone pegas para volver?

No lo dejes correr, que los plazos son cortos. Nuestro equipo legal revisa tu caso contigo.

Y si hace falta, damos la cara ante tu empresa.

Lo que conviene tener a mano

Elige cuánto quieres que hagamos

Desde redactarte el escrito hasta dar la cara ante tu empresa. El precio se ve antes de pagar.

Escrito a tu empresa
Tu excedencia, bien pedida
19,90 €
  • Escrito personalizado y con base legal.
  • Con tus fechas y la reserva de tu puesto.
  • En 48 horas, con instrucciones para entregarlo.
Que me redactéis el escritoTú lo presentas19,90 €
Asesoría Plus
Revisamos tu caso y te preparamos el escrito
69,90 €
  • Videollamada de 45 min con nuestro equipo legal.
  • El orden de tu vuelta: lactancia, vacaciones y excedencia.
  • Informe con tu hoja de ruta y escrito a medida de tu convenio.
Quiero la asesoría PlusRevisión y escrito a medida69,90 € Ver todo lo que incluye
Asesoría Premium
Damos la cara ante tu empresa
149,90 €
  • Todo lo del Plus, con 1 hora y revisión a fondo.
  • Hablamos con tu empresa por ti.
  • Presentamos, negociamos y reclamamos hasta resolverlo.
Quiero la asesoría PremiumNosotras con tu empresa149,90 € Ver todo lo que incluye

¿Aún tenéis pendientes los papeles del bebé? Todos los trámites del nacimiento, hechos por nosotras.

Preguntas frecuentes

Dato propio · Prestaciones por Nacimiento

De septiembre de 2025 a septiembre de 2026, las familias nos hicieron 99 preguntas distintas sobre la excedencia. Las que más se repiten:

¿Cómo encajo lactancia y vacaciones antes?35
¿Cómo se pide, cuándo y cuánto dura?25
¿Pierdo los 100 € de madre trabajadora?17
¿Cobro algo o sigo cotizando?12

Fuente: mensajes de familias por WhatsApp y por nuestro chat. Las respondemos todas abajo.

¿Puedo coger la lactancia y las vacaciones antes de la excedencia?
Sí, y es lo que recomendamos. El orden:
  • Lactancia acumulada, justo tras la baja.
  • Vacaciones pendientes y las de este año hasta el día antes.
  • Excedencia, desde el día siguiente.
Pide primero que te aprueben las vacaciones.
¿Pierdo los 100 € de madre trabajadora si pido la excedencia?
No, desde 2023. Si ya los cobrabas antes de la excedencia, los sigues cobrando hasta los 3 años de tu hijo. Aunque dejes de estar dada de alta.
¿Se cobra algo durante la excedencia por cuidado de hijos?
No hay sueldo ni prestación del Estado. Algunas comunidades ayudan:
  • País Vasco: hasta 3.850 € por año.
  • Castilla y León: 1.500 € por cada 3 meses.
  • Navarra: en casos concretos.
¿La excedencia por cuidado de hijos cotiza?
Sí, hasta 3 años, como si trabajaras, para jubilación, incapacidad y tu próximo permiso por nacimiento. No cuenta para el paro ni para la baja médica.
¿Puede ser la excedencia de solo 15 días o de 6 meses?
La ley no fija un mínimo: puedes pedir el tiempo que necesites, hasta 3 años. Algunos convenios sí ponen un mínimo: míralo antes.
¿Cuántas veces puedo pedir la excedencia por el mismo hijo?
Las que quieras, mientras no pases de 3 años en total. Se puede partir en trozos. Mira si tu convenio pone condiciones.
¿Con cuánta antelación hay que pedirla?
La ley no fija plazo: lo marca tu convenio. Si no dice nada, pídela con al menos 15 días. Y siempre por escrito.
¿Me pueden negar la excedencia por cuidado de hijos?
No. Es un derecho de cada progenitor. Solo si los dos trabajáis en la misma empresa, puede limitar que la cojáis a la vez, por escrito y con razones.
¿Puedo trabajar en otra empresa estando de excedencia?
En principio sí, si no es de la competencia y sigues pudiendo cuidar de tu hijo. Ese trabajo cotiza y te genera paro. Mira tu convenio.
¿Me dan el finiquito al pedir la excedencia?
No es un despido: sigues en la empresa. Lo que sí te deben son las vacaciones no disfrutadas, salvo que las cojas antes, que es lo mejor.
¿Y si me quedo embarazada durante la excedencia?
La excedencia anterior se acaba cuando nace el nuevo bebé, y empieza una nueva. Tu permiso por nacimiento depende de tus fechas: escríbenos antes de que nazca.
¿Las funcionarias e interinas tienen excedencia por cuidado de hijos?
Sí, hasta 3 años. A las funcionarias les guardan el puesto 2 años. Si eres interina o laboral, mira tu convenio o tu estatuto.

Cada empresa y cada convenio son un mundo

¿Quieres verlo todo junto? Lo tienes en conciliación familiar y laboral en 2026, con la reducción de jornada incluida.

Y si te dicen que no o tu convenio es raro, escríbenos y lo miramos con tu caso delante.

Tú con los tuyos,
nosotras con los papeles.

Lo que cuentan otras familias al volver al trabajo

Una reseña real de nuestra ficha de Google, con sus propias palabras.

«…junto con Bárbara diseñamos la organización de nuestras bajas para poder alargarlas al máximo y aprovechar mejor el tiempo con nuestro bebé. Durante el proceso surgieron diferentes situaciones e inconvenientes con nuestras empresas, pero nosotros pudimos desentendernos completamente…»
Alejandra Fernández · Reseña en Google
Más opiniones sobre lactancia y vuelta al trabajo

Fuentes oficiales

Esta guía se apoya en estas normas y páginas oficiales. Puedes consultarlas tú misma.

Escrita por Bárbara Acero y revisada por el equipo de Prestaciones por Nacimiento. Última revisión: octubre de 2026.

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Bárbara AceroEscrita por Bárbara Acero, cofundadora de Prestaciones por Nacimiento.Revisada el 10 de octubre de 2026.
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Guía general e informativa. Tu convenio colectivo puede mejorar estos derechos: revísalo o consúltanos.
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