Lo que vais a encontrar aquí9 apartados · 9 min de lectura
- La ficha rápida
- ¿Qué es la prestación por nacimiento y cuidado del menor?
- ¿Cuántas semanas son?
- ¿Cuánto se cobra?
- ¿Quién tiene derecho?
- ¿Cómo se pide y cuándo se cobra?
- ¿Cómo organizar las semanas entre los dos?
- Lo que te van a preguntar en el trabajo y no tiene que ver con la prestación
- Preguntas frecuentes
La ficha rápida
- Qué es
- El dinero que paga el INSS durante el permiso por nacimiento (la antigua baja de maternidad y paternidad)
- Cuánto dura
- 17 semanas por progenitor: 6 obligatorias seguidas + 11 flexibles en el primer año; y 2 más hasta los 8 años
- Cuánto se cobra
- El 100 % de la base reguladora, sin IRPF (menos un 4,7 % de cotización)
- Quién puede
- Trabajadoras y autónomas de alta con la cotización mínima de su edad; también cobrando el paro
- Cuándo se cobra
- El INSS resuelve en 30 días hábiles; primer pago 10-15 días después del SMS; luego entre el 25 y el 30 de cada mes
- Casos con más semanas
- Monoparental 32 · gemelos +1 por hijo · bebé hospitalizado hasta +13 · prematuro +1
- Lo hacemos por ti
- Presentamos la de la madre y la del otro progenitor desde 29,90 € cada una; incluidas en todos los packs
¿Qué es la prestación por nacimiento y cuidado del menor?
Es el dinero que te paga la Seguridad Social mientras estás de permiso por el nacimiento de tu hijo. Es lo que toda la vida se llamó baja de maternidad y baja de paternidad: desde 2019 las dos son la misma prestación, con el mismo nombre y las mismas semanas para cada progenitor. Durante esas semanas no trabajas, tu contrato se queda en pausa, y cobras del INSS en lugar de tu empresa.
- Es individual: la madre tiene la suya y el otro progenitor la suya. No se pueden ceder ni sumar.
- La paga el INSS, no la empresa. Por eso el mes del parto ves dos ingresos: el de la empresa hasta el día del nacimiento y el del INSS desde ese día.
- Vale para nacimiento, adopción y acogimiento.
¿Cuántas semanas son?
17 semanas para cada progenitor, pagadas al 100 %. Se reparten así:
- 6 semanas obligatorias, seguidas y a jornada completa, justo después del parto.
- 11 semanas flexibles, en semanas completas (de lunes a domingo), seguidas o sueltas, hasta que el bebé cumple un año. Hay que avisar a la empresa con 15 días.
- 2 semanas más, retribuidas, de cuidado, para usar hasta que el niño cumple 8 años. Van en un bloque aparte: no se mezclan con las anteriores.
Y hay semanas extra en algunos casos:
- Familia monoparental
- 32 semanas en total
- Gemelos, trillizos
- +1 por cada hijo a partir del segundo
- Bebé hospitalizado más de 7 días
- Hasta 13 semanas más
- Prematuro, menos de 1.500 g o discapacidad
- +1 semana
Lo que cambió en julio de 2025 (Real Decreto-ley 9/2025): el permiso pasó de 16 a 17 semanas para los nacimientos desde el 30 de julio de 2025, y 2 de las 8 semanas del permiso parental pasaron a ser retribuidas, con efecto retroactivo para hijos nacidos desde el 2 de agosto de 2024. Si tu hijo nació entre esas dos fechas, las 17 semanas no te aplican, pero sí puedes reclamar las 2 semanas retribuidas aunque ya las disfrutaras sin cobrar.
¿Cuánto se cobra?
El 100 % de tu base reguladora, cada día del permiso. La base reguladora es la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al permiso dividida entre 30: la encuentras en tu nómina, y suele ser algo mayor que tu sueldo bruto porque incluye la parte de las pagas extra.
- Sin IRPF. La prestación está exenta: no lleva retención y no tributa.
- Con un descuento de cotización de en torno al 4,7 %, igual que en una nómina.
- Autónomas y autónomos: sobre vuestra base de cotización, con las cuotas al día.
- En el paro: se calcula con la base reguladora del paro. El paro se interrumpe y se retoma al terminar.
Un ejemplo: con una base de contingencias comunes de 1.800 € al mes, la prestación son unos 1.800 € al mes menos el 4,7 %, es decir, alrededor de 1.715 €, sin retención. La guía del cobro tiene una calculadora que lo saca con tu nómina real.
¿Quién tiene derecho?
Cualquier persona que trabaje por cuenta ajena o como autónoma, de alta en la Seguridad Social, y que tenga cotizado lo mínimo para su edad:
- Menos de 21 años
- Ninguna
- Entre 21 y 26 años
- 90 días en los últimos 7 años, o 180 días en toda la vida laboral
- Más de 26 años
- 180 días en los últimos 7 años, o 360 días en toda la vida laboral
- Si no llegas a esa cotización, la madre tiene un subsidio reducido de 6 semanas.
- Cobrando el paro: sí, tienes derecho. Se interrumpe el paro y cobras la prestación.
- Cobrando un subsidio: no hay prestación; sigues con el subsidio y hay que parar la demanda de empleo en el SEPE.
- Mutualistas (MUFACE, MUGEJU, ISFAS): va por vuestra mutualidad, no por la Seguridad Social; no lo tramitamos.
¿Cómo se pide y cuándo se cobra?
- Al nacer el bebé, tu empresa te hace el certificado de empresa con tus bases y las semanas que vas a coger (si cobras el paro, el certificado de interrupción del SEPE).
- Inscribes al bebé y te llega el certificado literal de nacimiento.
- Se presenta la solicitud en la Sede de la Seguridad Social con esos papeles, tu DNI y la cuenta bancaria (tiene que ser tuya).
- El INSS tiene 30 días hábiles para resolver. Te avisa por SMS.
- El primer pago llega 10-15 días después del SMS, con todo lo acumulado desde el nacimiento. Los siguientes meses, entre el 25 y el 30.
La prestación cuenta siempre desde el día del nacimiento, pidas cuando pidas. Y si fraccionas las 11 semanas, cada tramo nuevo tarda algo más en pagarse (hasta unos 30 días desde que el INSS lo aprueba).
¿Cómo organizar las semanas entre los dos?
Cada uno tiene sus 17 semanas y puede cogerlas a la vez que el otro o por turnos. Lo que más hacen las familias que acompañamos:
- Los dos cogen las 6 obligatorias a la vez, al nacer el bebé.
- La madre sigue con sus 11 semanas seguidas.
- El otro progenitor guarda sus 11 semanas y las coge cuando termina el permiso de la madre, para que el bebé tenga a alguien en casa más tiempo.
- Y después, la lactancia acumulada de cada uno y las vacaciones pendientes.
Ojo con dos cosas: durante el permiso no se puede trabajar (se pierde la prestación de esos días), y si renuncias a las 11 semanas flexibles, no se recuperan. Las 11 se pueden hacer a media jornada si la empresa está de acuerdo; entonces duran el doble.
Lo que te van a preguntar en el trabajo y no tiene que ver con la prestación
El permiso es una cosa y tus derechos laborales otra. Al volver, lo que suele traer líos son las vacaciones, la reducción de jornada, la excedencia y algún despido. Está todo, con calculadoras, en la guía de derechos laborales.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se cobra la prestación por nacimiento de hijo?
El INSS tiene 30 días hábiles para resolver y avisa por SMS. El primer ingreso llega 10-15 días después, con todo lo acumulado desde el nacimiento; los meses siguientes se cobra entre el 25 y el 30. Si has fraccionado las semanas, cada tramo nuevo puede tardar hasta unos 30 días desde que lo aprueban.
¿Cuánto se cobra de baja de maternidad o paternidad?
El 100 % de la base reguladora: la base de cotización del mes anterior dividida entre 30, por cada día de permiso. Sin IRPF y con un descuento de cotización de en torno al 4,7 %. Con una base de 1.800 € al mes, unos 1.715 € netos.
¿Cuántas semanas son en 2026?
17 para cada progenitor: 6 obligatorias seguidas tras el parto y 11 flexibles hasta el año del bebé. Más 2 semanas retribuidas hasta los 8 años. Familias monoparentales, 32. Gemelos, una semana más por cada hijo.
¿Son retroactivas las 17 semanas?
No. La semana número 17 se aplica a los nacimientos desde el 30 de julio de 2025. Lo que sí es retroactivo son las 2 semanas retribuidas del permiso parental, para hijos nacidos desde el 2 de agosto de 2024, aunque ya se disfrutaran sin cobrar.
¿La prestación cuenta desde el nacimiento o desde que la pido?
Siempre desde el día del nacimiento, pidas cuando pidas. Lo que sí conviene es pedirla pronto para no retrasar el primer pago.
¿Puedo cobrarla si estoy en el paro?
Sí, si cobras la prestación contributiva: se interrumpe el paro, cobras la prestación por nacimiento con la base del paro y al terminar retomas los días que te quedaban. Con un subsidio no hay prestación por nacimiento.
¿Los dos progenitores pueden cogerla a la vez?
Sí. Cada uno tiene sus 17 semanas, individuales e intransferibles, y se pueden disfrutar al mismo tiempo o por turnos. Lo habitual es coger las 6 obligatorias juntos y que el segundo guarde sus 11 semanas para cuando termine el permiso del primero.
¿Puedo trabajar durante el permiso?
No. Es un descanso obligatorio retribuido; si trabajas, pierdes la prestación de esos días. Lo que sí se puede es disfrutar las 11 semanas flexibles a media jornada si la empresa está de acuerdo, y entonces duran el doble.
Normativa: artículos 177 a 182 de la Ley General de la Seguridad Social (nacimiento y cuidado de menor); artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (17 semanas y 2 semanas retribuidas del permiso parental). Plazos de cobro según lo que vemos cada semana en las familias que acompañamos. Última revisión: 10 de septiembre de 2026.



